Yonkers: Derechos de los Trabajadores Indocumentados Lesionados en Obras
En Nueva York, su estatus migratorio no le impide reclamar después de un accidente de construcción: el Tribunal de Apelaciones decidió en Balbuena v. IDR Realty (2006) que los trabajadores indocumentados pueden recuperar daños bajo la Ley Laboral, incluido el salario perdido. Ese reclamo contra el dueño y el contratista es aparte de la compensación laboral y puede pagar mucho más.
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Por qué tantos trabajadores no reclaman (y por qué deberían)
En las obras de Yonkers, Westchester y el Bronx trabajan miles de personas sin documentos. Muchas de ellas se lesionan y no dicen nada. No es porque no tengan derechos, sino porque alguien les hizo creer que no los tenían:
- El capataz dice: “si reclamas, llamo a inmigración”.
- El contratista paga en efectivo y dice que “no eres empleado”.
- Le dicen que sin número de Seguro Social no puede ir al médico ni reclamar.
- Le ofrecen unos cientos de dólares para “olvidarse del asunto”.
Esa presión existe precisamente porque las obras que no cumplen con las normas de seguridad prefieren trabajadores que no reclaman. La ley de Nueva York no lo permite.
Lo que decidió el tribunal en Balbuena v. IDR Realty (2006)
En Balbuena v. IDR Realty LLC, decidido junto con Majlinger v. Cassino Contracting Corp., el Tribunal de Apelaciones de Nueva York —el tribunal más alto del estado— resolvió que la ley federal de inmigración (IRCA) no impide que un trabajador indocumentado lesionado en una obra recupere daños bajo la Ley Laboral de Nueva York, incluido el salario perdido. El tribunal explicó que negarles ese derecho les daría a los contratistas un incentivo para contratar trabajadores sin papeles y descuidar su seguridad, lo contrario de lo que buscan la Ley Laboral y la propia ley de inmigración.
El tribunal también indicó que el estatus migratorio puede ser uno de los factores que un jurado considere al calcular el salario futuro. Por eso cada caso debe prepararse con cuidado, pero la regla principal es clara: usted puede reclamar.
Dos reclamos distintos: compensación laboral y Ley Laboral 240
Después de un accidente en una obra, la mayoría de los trabajadores tiene dos caminos que pueden seguir al mismo tiempo:
| Compensación laboral (workers' comp) | Demanda bajo la Ley Laboral 240 / 241(6) | |
|---|---|---|
| ¿Contra quién? | El seguro de su patrón | El dueño de la propiedad, el contratista general y otros terceros |
| ¿Hay que probar culpa? | No | Bajo la Ley 240, basta con probar que faltó protección adecuada contra un riesgo de altura |
| ¿Paga dolor y sufrimiento? | No | Sí |
| Salario perdido | Una parte, con un máximo semanal | Salario pasado y futuro completo, según la prueba |
| ¿Importa el estatus migratorio? | No impide recibir beneficios | No impide reclamar (Balbuena, 2006) |
Por eso la demanda bajo la Ley 240 puede valer mucho más que la compensación laboral. Si recibe ambos, la aseguradora de compensación puede tener derecho a recuperar parte de lo que pagó cuando el caso contra terceros se resuelve; un abogado negocia ese reembolso.
Otros derechos que usted tiene
- Atención médica: puede ir a una sala de emergencias sin importar su estatus.
- Pagos en efectivo o por día: los trabajadores pagados en efectivo, jornaleros y los contratados a través de un subcontratista también pueden estar protegidos por la Ley Laboral.
- Contra represalias: la ley de Nueva York prohíbe castigar a un trabajador por reportar condiciones inseguras o reclamar beneficios.
- Documentos: no necesita número de Seguro Social para hablar con nosotros ni para empezar un caso.
Trabajadores de Yonkers en toda la región
Muchos de nuestros vecinos de Getty Square, Southwest Yonkers y Ludlow se levantan antes del amanecer para trabajar en obras de Westchester, el Bronx y Manhattan. No importa dónde fue el accidente dentro del estado de Nueva York: la Ley Laboral protege a todos los trabajadores por igual.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar si no tengo papeles?
Sí. En Balbuena v. IDR Realty (2006), el Tribunal de Apelaciones de Nueva York confirmó que los trabajadores indocumentados pueden recuperar daños bajo la Ley Laboral, incluido el salario perdido. La compensación laboral también está disponible sin importar el estatus migratorio.
¿Me van a reportar a inmigración si presento un caso?
Nosotros no reportamos a nuestros clientes a inmigración, y lo que nos cuenta está protegido por el privilegio abogado-cliente. Un caso de lesiones es un asunto civil; su propósito es obtener compensación por sus lesiones.
¿Puedo recibir compensación laboral y también demandar?
Sí. La compensación laboral la paga el seguro de su patrón. La demanda bajo la Ley 240 o la Ley 241(6) es contra el dueño y el contratista general, y puede incluir dolor y sufrimiento y el salario completo, lo que la compensación laboral no paga.
Me pagaban en efectivo y no tengo recibos. ¿Cómo pruebo mi salario?
El salario se puede probar con mensajes de texto, testigos, registros de envíos de dinero, depósitos bancarios o el testimonio de compañeros. No deje que la falta de recibos le impida consultar.
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