PUBLICIDAD DE ABOGADO · Attorney Advertising · Cesar Zuniga Esq.
Yonkers Accidentes de ConstrucciónCesar Zuniga Esq. · Abogado 📞 (000) 000-0000
PLACEHOLDER: imagen de fondo del hero

Yonkers Abogado de Accidentes de Construcción

Si usted se lesionó en una obra en Yonkers, Westchester o el Bronx por una caída de altura o por un objeto que cayó, la Ley Laboral 240 de Nueva York (la “Ley de Andamios”) puede hacer responsables al dueño y al contratista general, además de la compensación laboral. Cesar Zuniga Esq. le atiende en español, con consulta gratis, sin honorarios a menos que ganemos y sin importar su estatus migratorio.

  • Se habla español
  • Consulta gratis
  • Sin honorarios a menos que ganemos*
  • Sin importar su estatus migratorio
📞 LLAME AHORA: (000) 000-0000Hable hoy con un abogado, en español

*Vea la divulgación sobre honorarios y costos al final de la página.

Consulta gratis en español

Cuéntenos qué pasó. Respuesta confidencial.

[PLACEHOLDER] Aquí va el formulario de GoHighLevel.

Enviar este formulario no crea una relación abogado-cliente. No incluya información confidencial.

Los accidentes de construcción no son “mala suerte”: tienen causas

Cuando un trabajador se cae de un andamio en Getty Square o le cae un bloque encima en una torre de la zona ribereña, lo primero que escucha es que “fue un accidente”. Pero en la construcción, casi todas las lesiones graves tienen una causa concreta que alguien tenía la obligación de prevenir. Entender esa causa es lo que convierte una lesión en un caso.

Estas son las fallas que vemos con más frecuencia en las obras de Yonkers, Westchester y el Bronx:

  • Andamios sin certificación ni inspección. Armados por personal sin capacitación, sin barandas, con tablones sueltos o sobre bases inestables, y sin la inspección diaria de una persona competente.
  • Escaleras dañadas o inadecuadas. Largueros doblados, pies gastados, escaleras demasiado cortas o que nadie aseguró ni sostuvo.
  • Techos sin protección contra caídas. Sin puntos de anclaje, con arneses sin línea de vida, bordes sin barandas y tragaluces o aberturas tapados con un cartón.
  • Materiales y escombros sin control. Cargas izadas con cuerdas a mano, materiales sin amarrar en pisos altos y zonas de trabajo sin protección superior.
  • Grúas y maquinaria mal operadas o mal mantenidas. Operadores sin certificación, aparejos gastados, frenos y alarmas que no funcionan.

Detrás de estas fallas casi siempre hay la misma presión: terminar rápido y gastar poco. En una obra con cinco o seis subcontratistas, cada uno supone que la seguridad es trabajo de otro. La ley de Nueva York resolvió ese problema hace más de un siglo poniendo la responsabilidad en quienes controlan la obra y se benefician de ella: el dueño y el contratista general.

La Ley 240: por qué la “Ley de Andamios” protege al trabajador

La sección 240(1) de la Ley Laboral de Nueva York obliga a los dueños y contratistas generales a proporcionar andamios, escaleras, arneses, poleas, cuerdas y otros dispositivos que den protección adecuada contra dos riesgos: que el trabajador caiga desde una altura, y que un objeto caiga sobre el trabajador.

Lo que hace especial a esta ley es que la responsabilidad es prácticamente absoluta. Si faltó la protección adecuada y eso contribuyó a su lesión, el dueño y el contratista responden aunque no hayan estado en la obra ese día y aunque usted también haya cometido un error. La principal defensa que tienen es demostrar que usted fue la única causa del accidente, algo difícil de probar cuando faltaba el equipo de seguridad.

Otras leyes que pueden aplicar

  • Ley Laboral 241(6): permite reclamar cuando se violó una regla específica del Código Industrial de Nueva York; por ejemplo, pisos resbaladizos, aberturas sin cubrir, maquinaria sin protección o excavaciones sin apuntalar. Aquí sí se puede considerar la culpa del trabajador para reducir la compensación.
  • Ley Laboral 200 y negligencia: la obligación general de mantener un lugar de trabajo seguro, contra quien controlaba el trabajo o creó la condición peligrosa.
  • Muerte por negligencia: cuando un trabajador muere en una obra, su familia puede tener un reclamo propio.

Compensación laboral vs. demanda bajo la Ley 240: dos caminos distintos

Muchos trabajadores creen que, si ya reciben compensación laboral (workers' comp), no pueden hacer nada más. Es un error que cuesta mucho dinero. El reclamo bajo la Ley 240 es separado de la compensación laboral, se presenta contra otras personas y puede pagar mucho más:

Compensación laboralLey Laboral 240 / 241(6)
¿Quién paga?El seguro de su patrónEl dueño, el contratista general y otros terceros (y sus seguros)
Gastos médicosSí, incluidos los futuros
Salario perdidoUna parte del salario, con un máximo semanalSalario pasado y futuro, según la prueba
Dolor y sufrimientoNo
Pérdida de calidad de vidaNo

Usted puede recibir ambos al mismo tiempo. Por regla general, a su patrón directo no se le demanda (la compensación laboral lo protege), pero al dueño de la propiedad y al contratista general sí. Si el caso contra terceros se resuelve, la aseguradora de compensación puede reclamar un reembolso de parte de lo que pagó; esa negociación también es parte del trabajo del abogado.

Su estatus migratorio no le quita sus derechos

En 2006, en el caso Balbuena v. IDR Realty LLC, el Tribunal de Apelaciones de Nueva York —el tribunal más alto del estado— decidió que los trabajadores indocumentados lesionados en obras pueden reclamar bajo la Ley Laboral de Nueva York, incluido el salario perdido. La ley federal de inmigración no les quita ese derecho. La compensación laboral también está disponible sin importar el estatus.

Representamos a trabajadores sin importar su estatus migratorio. No necesita número de Seguro Social para hablar con nosotros, y lo que nos cuenta es confidencial. Lea más sobre los derechos de los trabajadores indocumentados →

Qué hacer después de un accidente en una obra

  1. Reciba atención médica y diga claramente que se lesionó en el trabajo. El primer informe médico es una de las pruebas más importantes.
  2. Reporte el accidente por escrito a su patrón lo antes posible, y siempre dentro de 30 días, para proteger su compensación laboral.
  3. Documente la escena: fotos del andamio, la escalera, el techo o el equipo; el letrero del permiso de construcción con el nombre del contratista general; nombres y teléfonos de testigos.
  4. No firme nada ni dé declaraciones grabadas a la aseguradora del dueño o del contratista sin asesoría.
  5. Llame a un abogado pronto. Los andamios se desmontan, las escaleras desaparecen y los registros se “pierden”. Un abogado puede pedir que se preserve la evidencia.
Plazos: en general, tres años para una demanda por lesiones en Nueva York; dos años para muerte por negligencia; y solo 90 días para presentar un aviso de reclamación si la obra pertenece a una entidad pública, como la Ciudad de Yonkers, un distrito escolar o una agencia de transporte. El reclamo de compensación laboral debe presentarse dentro de dos años.

Áreas que servimos: Yonkers, Westchester y el Bronx

Nuestra oficina está en Yonkers, pero muchos de nuestros clientes viven aquí y se lesionan en obras de toda la región. Atendemos casos de:

Getty Square

Edificios nuevos de varios pisos y renovaciones del centro, con andamios y grúas en calles estrechas.

Southwest Yonkers

La reconstrucción de la zona ribereña del Hudson y los edificios antiguos de mampostería que se renuevan.

Ludlow

Casas de varias familias en calles empinadas y proyectos cerca de la estación de Metro-North.

Park Hill

Casas antiguas con techos muy inclinados, donde la protección contra caídas es crítica.

Dunwoodie

Renovaciones residenciales y trabajos junto a las parkways Saw Mill y Cross County.

Centuck

Obras comerciales y residenciales en el lado este de Yonkers, cerca de Central Park Avenue.

Condado de Westchester

Mount Vernon, New Rochelle, White Plains y el resto del condado.

El Bronx

Riverdale, Kingsbridge, Fordham, el sur del Bronx y las reparaciones de fachadas de toda la Ciudad de Nueva York.

Donde sea en Nueva York

Si vive en Yonkers y se lesionó en otra obra del estado, llámenos igual.

Por qué trabajar con Cesar Zuniga Esq.

  • Se habla español. Usted habla directamente con su abogado en su idioma, sin intermediarios.
  • Consulta gratis. Le explicamos sus opciones sin costo ni compromiso.
  • Sin honorarios a menos que ganemos. Trabajamos con honorarios contingentes (vea la divulgación sobre costos abajo).
  • Sin importar su estatus migratorio. Sus derechos bajo la Ley Laboral no dependen de sus papeles.
  • Enfoque en la Ley Laboral de Nueva York. Ley 240, Ley 241(6), Ley 200 y compensación laboral, trabajando juntas para usted.
  • Oficina local en Yonkers. 116 Gramatan Drive, cerca de donde usted vive y trabaja.

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar si ya estoy recibiendo compensación laboral (workers' comp)?

Sí. La compensación laboral la paga el seguro de su patrón. Aparte de eso, bajo la Ley Laboral 240 y 241(6) usted puede demandar al dueño de la propiedad y al contratista general. Esa demanda puede incluir dolor y sufrimiento y el salario completo, cosas que la compensación laboral no paga.

¿Puedo reclamar si soy indocumentado?

Sí. En Balbuena v. IDR Realty (2006), el Tribunal de Apelaciones de Nueva York confirmó que los trabajadores indocumentados pueden recuperar daños bajo la Ley Laboral, incluido el salario perdido. También tienen derecho a compensación laboral. Representamos a trabajadores sin importar su estatus migratorio.

¿Qué pasa si el accidente fue en parte mi culpa?

Bajo la Ley 240, su propia negligencia no reduce su compensación si la falta de equipo de seguridad adecuado también causó la lesión. Solo si el dueño prueba que usted fue la única causa del accidente se pierde ese reclamo. En reclamos bajo la Ley 241(6), su parte de culpa sí puede reducir la compensación.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar mi caso?

En general, tres años desde el accidente para una demanda por lesiones y dos años para muerte por negligencia. Si hay una entidad pública involucrada, puede que tenga solo 90 días para presentar un aviso de reclamación. Para la compensación laboral, avise a su patrón dentro de 30 días.

¿Cuánto cuesta contratar a un abogado de accidentes de construcción?

La consulta es gratis. Trabajamos con honorarios contingentes: no cobramos honorarios de abogado a menos que obtengamos una compensación para usted. Los costos del caso se explican en el acuerdo por escrito y en la divulgación al final de esta página.

¿Se lesionó en una obra? Llame antes de que desmonten el andamio.

La evidencia en una obra desaparece rápido. Una consulta gratis en español le dice hoy mismo si tiene un caso bajo la Ley Laboral de Nueva York.

📞 LLAME AHORA: (000) 000-0000
📞 CLIC PARA LLAMAR — GRATIS